Vamos a analizarlo por partes:
La responsabilidad:
La responsabilidad del Autónomo o empresario individual es ilimitada y deben responder ante las deudas con sus bienes presentes y futuros.
Por otro lado las Sociedades serán limitadas hasta el capital aportado, por ese motivo cuando una sociedad de este tipo se declara en quiebra responde por los bienes que posee la Sociedad, quedando a salvo los de los socios.
Gastos y gestiones iniciales:
Los costes para iniciar la actividad de un Autónomo son mínimos, no siendo así los de una Sociedad, que como mínimo es actualmente 150 €, el mantenimiento y obligaciones formales de documentación son menores para el Autónomo que para la Sociedad.
Contabilidad:
Los Autónomos tiene que llevar una contabilidad sencilla, simplemente un diario de ingresos y gastos, y en general tienen que realizar menos trámites que las Sociedades.
La Sociedades tienen que llevar la contabilidad de una manera exhaustiva, de acuerdo al Plan General Contable con presentación de libros y cuentas en el registro Mercantil, con el consiguiente gasto de gestión de gestoría o asesoría.
Impuestos:
Como el objetivo de toda Empresa son los beneficios, los impuestos que se pagan por esos beneficios son muy diferentes.
El impuesto de sociedades general es del 25% sobre los beneficios obtenidos.
Los empresarios individuales o Autónomos tributan por el IRPF en la declaración de la renta a su tipo gravamen que está entre el 7% y el 52%. en función de la base imponible.
Según los cálculos se establece que en caso de obtener beneficios superiores a 30.000€ interesa tributar por impuesto de sociedades al tipo fijo del 25%
Las desgravaciones por gastos derivados de la actividad Empresarial, la Sociedad tiene un abanico más amplio que el Autónomo ya que es muy difícil diferenciar que gastos son privativos y que gastos no lo son.
Acceso a la financiación:
Las Sociedades tienes más posibilidades de acceder a otros recursos financieros, ya que las garantías son mayores, que las propias del Autónomo. Pueden acceder a otras ayudas y subvenciones, a las que el Autónomo no tiene acceso.
Conclusión:
Los costes para arrancar la actividad y de mantenimiento y obligaciones formales de documentación son menores para el Autónomo. Sin embargo, sale mejor parada la Sociedad en el capítulo de desgravaciones fiscales.
Comienza como empresario individual o Autónomo y cuando empieces a ganar aproximadamente más de 30.000€ pásate a Sociedad.