A raíz de los cambios normativos en el IVA del ecommerce a nivel europeo que entraron en vigor el 1 de Julio de 2021, se crea un nuevo modelo tributario modelo 369 de obligada presentación si se realizan ventas online en determinadas modalidades, para declarar y liquidar el IVA de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a consumidores finales.
- Régimen exterior de la unión.
- Régimen de la Unión.
- Régimen de importación.
Su principal objetivo es que aquel empresario que se acoja a ellos podrá ingresar mediante una única autoliquidación las operaciones correspondientes.
¿Qué es el modelo 369 y que se declara?
El Modelo 369 es el formulario por medio del cual vas a poder ingresar el IVA de los países europeos en los que realizas ventas o prestas servicios digitales a particulares o clientes finales, siempre que te hayas dado de alta en la Ventanilla-Única – IVA OSS- a través del modelo 035.
El modelo 369 es un impuesto que entró en vigor en España el 1 de Julio de 2021, conjuntamente con la nueva normativa del IVA en el ecommerce.
Tienes que tener en cuenta que esta ley no afecta a las ventas que hagas a empresas de la Unión Europea y que solo se aplica si realizas ventas online a particulares o consumidores finales.
Si tienes una tienda Online -ecommerce, Marketplace- o simplemente si te dedicas a vender productos o servicios online a particulares (B2C) de la Unión Europea en la venta deberás:
- Poner el IVA del país de tu cliente.
- Liquidar estos IVAs en el modelo 369.
- Luego la Hacienda Española se encarga de repartir estos IVAs en cada país.
¿Quién tiene que presentar el modelo 369?
Están obligados a presentar el modelo 369 todos aquellos que vendan a particulares de la Unión Europea bienes o servicios a través de canales online y que el volumen de ventas sea superior a los 10.000€ anuales fuera de España en la UE.
En el momento que tu facturación a particulares o usuarios finales de la UE supere los 10.000€ estas obligado a darte de alta en el OSS -One-Stop-Shop o también conocido como Ventanilla Única– a través del modelo 035 y esto implica que tienes que facturar con el IVA del país del cliente que te compra y liquidar ese IVA en el modelo 369 trimestralmente.
Tipos de regímenes especiales del modelo 369 o modalidades de ventanilla única.
En concreto hay 3 regímenes especiales,
Régimen exterior de la Unión:
Empresarios o profesionales que prestan servicios desde un país de fuera la UE a clientes particulares dentro de la UE. Estos son casos donde no se tiene una sede permanente en España, pero sí se está dado de alta como operador intracomunitario (ROI).
Es muy habitual que las empresas con sede fuera de España tengan un NIF en cada país donde operan, pero no tengan un almacén en ese país.
Para estos casos, se deberán dar de alta con el régimen exterior.
Régimen de la Unión:
Es la casuística habitual y afecta a los negocios dados de alta en España o aquellos dados de alta en otro país de la UE y que tengan un establecimiento permanente -es decir, tengan un almacén-.
Régimen de importación:
El régimen de importación afecta a los empresarios y autónomos que hacen Dropshipping.
Tendrán que darse de alta en este régimen aquellos que se dediquen a vender artículos que previamente importan de fuera la UE. Son casos donde la mercancía no pasa por sus manos y/o almacenes ya que simplemente son un intermediario en la compra.
Los artículos de menos de 150€ no se liquidarán en la aduana de forma que quedarían exentos, pero a cambio, ya que se gravará el IVA en su venta.
¿Cuándo se presenta el modelo 369?
El plazo para la presentación del modelo 369 es el mes natural siguiente al del final del período al que se refiera la declaración, y mientras el sujeto pasivo esté registrado en este régimen especial está obligado a su presentación independientemente de que en el periodo de declaración se hayan efectuado entregas de bienes o prestaciones de servicios cubiertas por los regímenes
Trimestralmente para aquellos dados de alta en el régimen exterior a la Unión y en el Régimen de la Unión.
Mensualmente para los que están en régimen de importación.
¿El modelo 369 puede ser negativo?
NO. Según la Agencia Tributaria la parte de la declaración del IVA que se refiere a las entregas realizadas en el período de declaración en cuestión no puede ser negativa.
A pesar que el saldo del IVA adeudado para un Estado miembro de consumo puede ser negativo -como consecuencia de las correcciones para ese Estado miembro de consumo- sin embargo, los saldos negativos de un Estado miembro consumo no minoran el saldo a ingresar en el Estado miembro de identificación que por tanto no puede ser negativo.